México se ha posicionado como uno de los destinos más atractivos para la inversión extranjera en América Latina. Durante 2025, la Secretaría de Economía registró flujos de inversión extranjera directa superiores a los 36,000 millones de dólares, cifra que refleja la confianza de los inversionistas internacionales en la economía mexicana. Para los extranjeros que desean establecerse en el país a través de una inversión productiva, la legislación migratoria ofrece vías específicas que vinculan la actividad económica con la obtención de una condición de estancia regular. La Ley de Migración y su Reglamento contemplan mecanismos para que inversionistas de cualquier nacionalidad puedan obtener residencia temporal o permanente, siempre que cumplan con los montos mínimos de inversión y los requisitos documentales establecidos por el Instituto Nacional de Migración (INM). En esta guía analizamos en detalle los tipos de visa de inversionista disponibles en México, los montos de inversión requeridos actualizados a 2026, el proceso completo de solicitud, las ventajas de la inversión inmobiliaria como ruta migratoria, la constitución de empresas y la ruta para transitar de la residencia temporal a la permanente. Si usted es extranjero y considera invertir en México, esta información le permitirá planificar su proyecto con certeza jurídica.
Marco legal de la inversión extranjera y migración en México
La regulación de la inversión extranjera en México se sustenta en un conjunto de ordenamientos jurídicos que protegen tanto los derechos del inversionista como los intereses del Estado mexicano. El artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho de toda persona a entrar, transitar y salir del territorio nacional, mientras que el artículo 33 establece el marco para la estancia de personas extranjeras.
La Ley de Inversión Extranjera y su Reglamento regulan la participación de capital foráneo en actividades económicas dentro del territorio nacional. Esta ley establece las actividades reservadas exclusivamente a mexicanos, las que requieren autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y aquellas abiertas a la participación total de capital extranjero.
Desde la perspectiva migratoria, el artículo 52, fracción VII de la Ley de Migración establece la condición de estancia de residente temporal, que puede otorgarse a quienes acrediten inversiones en territorio mexicano. El artículo 137 del Reglamento de la Ley de Migración detalla los montos y requisitos específicos para acreditar la solvencia económica derivada de inversiones.
La Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera fue sustituida por la ley vigente en 1993, modernizando el marco jurídico para facilitar la llegada de capital extranjero. Actualmente, la mayor parte de las actividades económicas están abiertas al 100% de inversión extranjera, con excepciones en sectores estratégicos como petróleo, electricidad, correos y telegrafía.
El inversionista extranjero también debe considerar la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley General de Sociedades Mercantiles y los tratados bilaterales de protección de inversiones que México ha suscrito con más de 30 países, los cuales ofrecen garantías adicionales como protección contra expropiación, libre transferencia de capitales y acceso a mecanismos de solución de controversias internacionales.
Tipos de visa de inversionista en México
México no cuenta con una visa denominada expresamente como “visa de inversionista” en un documento único, sino que la condición migratoria para inversionistas se canaliza a través de distintas modalidades de residencia temporal y permanente. Cada modalidad responde a un perfil de inversión diferente y ofrece derechos y vigencias distintas.
| Modalidad migratoria | Tipo de inversión | Vigencia | Permite trabajar |
|---|---|---|---|
| Residente temporal por solvencia económica (inversión) | Inversión en empresa, bienes raíces o instrumentos financieros | 1 a 4 años, renovable | Sí, en la actividad autorizada |
| Residente temporal por actividad empresarial | Constitución o participación en sociedad mercantil | 1 a 4 años, renovable | Sí, en la empresa |
| Residente permanente por puntaje | Inversión superior a umbrales establecidos | Indefinida | Sí, cualquier actividad lícita |
| Visitante con permiso de actividades lucrativas | Supervisión de inversiones temporales | Hasta 180 días | Limitado a la actividad autorizada |
La residencia temporal por inversión es la vía más utilizada por inversionistas extranjeros que desean establecerse en México. Permite al titular residir legalmente, abrir cuentas bancarias, obtener RFC, contratar empleados y administrar su inversión directamente. Esta residencia se otorga inicialmente por un año y puede renovarse anualmente hasta completar cuatro años. Para conocer los detalles generales de la residencia temporal, consulte nuestra guía sobre residencia temporal en México.
La residencia temporal por actividad empresarial aplica cuando el extranjero constituye una sociedad mercantil mexicana o adquiere participación accionaria significativa en una empresa existente. El INM evalúa tanto la viabilidad del proyecto empresarial como la capacidad económica del solicitante.
La residencia permanente puede obtenerse directamente en ciertos supuestos de inversión de alto monto, o bien como resultado de haber mantenido la residencia temporal durante cuatro años consecutivos. Para más información sobre esta condición, consulte nuestra guía sobre residencia permanente en México.
Montos mínimos de inversión requeridos en 2026
Los montos de inversión necesarios para obtener la condición de estancia como inversionista están vinculados a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que se actualiza anualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Para 2026, el valor diario de la UMA es de aproximadamente $113.40 pesos mexicanos. Estos montos son referenciales y deben verificarse con las publicaciones oficiales vigentes al momento de la solicitud.
| Concepto | Monto en UMA | Monto aproximado (MXN) | Monto aproximado (USD) |
|---|---|---|---|
| Inversión mínima para residencia temporal | 20,000 días de UMA | $2,268,000 | $113,400 |
| Saldo promedio en cuenta bancaria (12 meses) | 26,000 días de UMA | $2,948,400 | $147,400 |
| Ingresos mensuales mínimos comprobables | 400 días de UMA | $45,360 | $2,268 |
| Inversión en bienes raíces para residencia temporal | 40,000 días de UMA | $4,536,000 | $226,800 |
| Inversión para solicitar residencia permanente (criterio elevado) | 70,000 días de UMA | $7,938,000 | $396,900 |
Es importante distinguir entre inversión activa e inversión pasiva. La inversión activa implica la participación directa en una empresa o negocio en México, ya sea constituyendo una nueva sociedad o invirtiendo capital en una existente. La inversión pasiva incluye la adquisición de bienes inmuebles, depósitos bancarios de largo plazo o inversiones en instrumentos financieros mexicanos.
El INM verifica que la inversión sea real, verificable y tenga origen lícito. Los fondos deben provenir de fuentes legítimas y el solicitante debe poder documentar la trazabilidad del capital invertido. Las autoridades migratorias pueden solicitar documentación adicional que acredite el origen de los recursos, conforme a las disposiciones en materia de prevención de lavado de dinero establecidas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Inversión inmobiliaria como ruta migratoria
La adquisición de bienes inmuebles en México constituye una de las vías más utilizadas por extranjeros para obtener la residencia, particularmente entre ciudadanos estadounidenses, canadienses y europeos. Sin embargo, esta ruta tiene particularidades legales que el inversionista debe conocer antes de iniciar cualquier operación.
El artículo 27, fracción I de la Constitución Política establece la denominada zona restringida, que comprende una franja de 100 kilómetros a lo largo de las fronteras y 50 kilómetros en las costas del territorio nacional. En esta zona, los extranjeros no pueden adquirir el dominio directo de bienes inmuebles, pero sí pueden hacerlo a través de un fideicomiso bancario constituido ante una institución de crédito mexicana autorizada por la Secretaría de Relaciones Exteriores. Este fideicomiso tiene una vigencia de 50 años renovables y otorga al fideicomisario extranjero derechos plenos de uso, goce y disposición sobre el inmueble.
Fuera de la zona restringida, el extranjero puede adquirir bienes inmuebles directamente a su nombre, previa obtención del permiso correspondiente ante la Secretaría de Relaciones Exteriores conforme al artículo 27 constitucional, renunciando a invocar la protección de su gobierno respecto al bien adquirido (Cláusula Calvo).
| Aspecto | Dentro de zona restringida | Fuera de zona restringida |
|---|---|---|
| Forma de adquisición | Fideicomiso bancario | Directa o fideicomiso |
| Vigencia | 50 años, renovable | Indefinida |
| Costo de constitución del fideicomiso | $30,000 - $70,000 MXN | No aplica (si adquiere directamente) |
| Cuota anual del fideicomiso | $15,000 - $35,000 MXN | No aplica |
| Permiso SRE | Sí (al banco fiduciario) | Sí (Cláusula Calvo) |
| Derechos de uso y goce | Plenos | Plenos |
Para que la inversión inmobiliaria sea válida como sustento de la solicitud migratoria, el valor del inmueble debe superar el monto mínimo establecido por el Reglamento de la Ley de Migración. Además, el solicitante debe acreditar que los fondos utilizados para la adquisición tienen origen lícito y provienen del exterior o de actividades legales en México.
Le recomendamos realizar un análisis de due diligence antes de cualquier adquisición inmobiliaria en México y contar con asesoría tanto migratoria como inmobiliaria. Puede solicitar una asesoría inicial con nuestro equipo para evaluar su caso particular.
Constitución de empresa para visa de inversionista
Constituir una empresa en México es una de las rutas más sólidas para obtener la residencia como inversionista, ya que demuestra un compromiso económico tangible con el país y genera empleo local. La Ley General de Sociedades Mercantiles regula los distintos tipos de sociedades que el inversionista extranjero puede constituir.
Los tipos societarios más utilizados por inversionistas extranjeros son la Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S. de R.L. de C.V.). La elección entre una y otra depende del número de socios, el monto de capital, la estructura de gobernanza deseada y las implicaciones fiscales.
Pasos para constituir una empresa en México como extranjero:
- Obtener autorización de denominación social ante la Secretaría de Economía a través del sistema en línea
- Constituir la sociedad ante notario público mediante escritura pública que contenga los estatutos sociales
- Inscribir la sociedad en el Registro Público de Comercio para que surta efectos frente a terceros
- Obtener el RFC ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
- Registrarse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) si se contratarán empleados
- Inscribir la inversión extranjera ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras de la Secretaría de Economía (obligatorio conforme al artículo 32 de la Ley de Inversión Extranjera)
- Abrir cuenta bancaria empresarial en una institución de crédito mexicana
- Solicitar la condición migratoria ante el INM con la documentación corporativa como sustento
| Tipo de sociedad | Capital mínimo | Socios mínimos | Responsabilidad | Más adecuada para |
|---|---|---|---|---|
| S.A. de C.V. | No establecido por ley | 2 accionistas | Limitada al capital aportado | Empresas medianas y grandes |
| S. de R.L. de C.V. | No establecido por ley | 2 socios, máximo 50 | Limitada al capital aportado | Empresas pequeñas y familiares |
| S.A.S. (Sociedad por Acciones Simplificada) | No requiere mínimo | 1 accionista | Limitada | Microempresas y emprendedores |
| Sucursal de empresa extranjera | Capital asignado | No aplica | Responsabilidad de la matriz | Empresas con operaciones temporales |
Es importante señalar que la constitución de una empresa mexicana por sí sola no garantiza la obtención de la residencia. El INM evalúa la viabilidad del proyecto empresarial, el monto de la inversión, la generación de empleo y la capacidad económica del solicitante. Se recomienda contar con un plan de negocios sólido y demostrar que la empresa realizará actividades productivas reales.
Proceso de solicitud ante el INM paso a paso
El proceso para obtener la residencia como inversionista involucra tanto trámites consulares como gestiones directas ante el Instituto Nacional de Migración. A continuación se describe el procedimiento completo según la situación del solicitante.
Si el solicitante se encuentra fuera de México:
Paso 1: Preparación documental. Reunir toda la documentación que acredite la inversión realizada o por realizar en México, incluyendo escrituras de propiedad, actas constitutivas, estados de cuenta y comprobantes de transferencias internacionales. Todos los documentos extranjeros deben estar apostillados y traducidos al español por perito autorizado.
Paso 2: Cita consular. Agendar cita en el consulado mexicano más cercano al lugar de residencia del solicitante. Presentar la solicitud de visa de residente temporal por inversión junto con la documentación soporte.
Paso 3: Entrevista y resolución consular. El cónsul revisa la documentación, realiza una entrevista al solicitante y emite su resolución. En caso favorable, estampa la visa de residente temporal en el pasaporte con vigencia de 180 días para ingresar a México.
Paso 4: Ingreso a México y canje. Una vez en territorio mexicano, el inversionista tiene 30 días naturales para acudir al INM y canjear la visa por la tarjeta de residente temporal. En este trámite se recaban datos biométricos y se emite el documento migratorio definitivo.
Si el solicitante ya se encuentra en México con otra condición de estancia:
En ciertos supuestos, es posible realizar un cambio de condición de estancia directamente ante el INM sin necesidad de salir del país. El artículo 58 de la Ley de Migración contempla esta posibilidad cuando el extranjero cumple con los requisitos para la nueva condición solicitada. Este trámite es particularmente útil para quienes ingresaron como visitantes y posteriormente realizaron una inversión que les permite solicitar la residencia temporal.
Para orientación personalizada sobre el proceso que mejor se adapta a su situación, le recomendamos agendar una asesoría inicial con el Lic. Diego Navarro, especialista en derecho migratorio.
Documentos requeridos para la solicitud
La documentación necesaria para la solicitud de residencia por inversión es extensa y varía según el tipo de inversión y la vía elegida. A continuación se presenta un listado integral.
Documentos personales del solicitante:
- Pasaporte vigente con validez mínima de seis meses (original y copia)
- Formato de solicitud de visa o de trámite migratorio completado y firmado
- Fotografía reciente tamaño pasaporte con fondo blanco
- Comprobante de domicilio (en el extranjero para solicitud consular; en México para cambio de condición)
- Comprobante de pago de derechos migratorios
Documentos de la inversión (según tipo):
| Tipo de inversión | Documentos requeridos |
|---|---|
| Empresa constituida en México | Acta constitutiva, inscripción en Registro Público, RFC, estados financieros, comprobante de inscripción en RNIE |
| Bienes inmuebles | Escritura pública de propiedad, avalúo vigente, boletas prediales, contrato de fideicomiso (si aplica) |
| Inversión financiera | Estados de cuenta bancarios, certificados de inversión, comprobante de origen lícito de fondos |
| Participación accionaria | Acta de asamblea, títulos accionarios, estados financieros de la empresa |
Documentos adicionales frecuentemente solicitados:
- Constancia de situación fiscal del solicitante y/o de la empresa
- Plan de negocios o descripción del proyecto de inversión
- Comprobante de transferencia internacional de fondos
- Carta de la institución bancaria que confirme la existencia de la cuenta y saldos
- Poder notarial del representante legal (si aplica)
Todos los documentos emitidos en el extranjero deben contar con apostilla del Convenio de La Haya o legalización diplomática, así como traducción al español por perito traductor autorizado. La omisión de cualquier documento puede resultar en la prevención o rechazo de la solicitud.
Costos y tiempos de procesamiento
Los costos asociados a la obtención de la residencia por inversión incluyen tanto derechos gubernamentales como gastos relacionados con la preparación documental y constitución de entidades. Los tiempos de procesamiento varían según la carga de trabajo del consulado y la delegación del INM correspondiente.
| Concepto | Costo aproximado (MXN) | Costo aproximado (USD) |
|---|---|---|
| Derechos consulares por visa de residente temporal | $3,800 - $5,200 | $190 - $260 |
| Canje por tarjeta de residente temporal (1 año) | $4,800 - $5,500 | $240 - $275 |
| Renovación anual de residencia temporal | $4,200 - $5,000 | $210 - $250 |
| Constitución de empresa ante notario | $15,000 - $45,000 | $750 - $2,250 |
| Inscripción en Registro Público de Comercio | $2,000 - $5,000 | $100 - $250 |
| Inscripción en RNIE | Sin costo | Sin costo |
| Fideicomiso bancario (constitución) | $30,000 - $70,000 | $1,500 - $3,500 |
| Fideicomiso bancario (cuota anual) | $15,000 - $35,000 | $750 - $1,750 |
| Honorarios de abogado migratorio | $15,000 - $50,000 | $750 - $2,500 |
| Etapa del proceso | Tiempo estimado |
|---|---|
| Preparación documental | 2 a 6 semanas |
| Cita consular (disponibilidad) | 1 a 8 semanas |
| Resolución consular | 1 a 10 días hábiles |
| Canje por tarjeta de residente en INM | 15 a 30 días hábiles |
| Constitución de empresa completa | 3 a 8 semanas |
| Proceso total aproximado | 2 a 4 meses |
Los derechos migratorios se actualizan anualmente conforme a la Ley Federal de Derechos. Se recomienda verificar los montos vigentes al momento de la solicitud directamente en el sitio oficial del INM o la SRE.
Renovación de la residencia temporal y ruta a residencia permanente
La residencia temporal otorgada por inversión tiene una vigencia inicial de un año y debe renovarse anualmente. El proceso de renovación requiere demostrar que la inversión se mantiene activa y que el solicitante continúa cumpliendo con los requisitos que dieron origen a su condición de estancia.
Requisitos para la renovación:
- Tarjeta de residente temporal vigente o dentro del plazo de 30 días posteriores a su vencimiento
- Formato de solicitud de renovación
- Comprobante de que la inversión se mantiene (estados financieros actualizados, boletas prediales, estados de cuenta)
- Comprobante de domicilio actual en México
- Pago de derechos correspondientes
- Declaración fiscal del ejercicio anterior (si aplica)
El artículo 54 de la Ley de Migración establece que al cumplir cuatro años consecutivos de residencia temporal, el extranjero puede solicitar la residencia permanente. Este tránsito no es automático; requiere una solicitud formal ante el INM con la documentación que acredite el cumplimiento del plazo y la regularidad migratoria durante todo el periodo. Para detalles sobre este proceso, consulte nuestra guía sobre residencia permanente en México.
La residencia permanente ofrece ventajas significativas respecto a la temporal: no requiere renovación, permite realizar cualquier actividad lícita remunerada sin restricciones, faculta al titular para ausentarse del país sin limitación de tiempo y constituye el requisito previo para solicitar la naturalización mexicana si el inversionista así lo desea en el futuro.
Ventajas de la visa de inversionista frente a otras opciones migratorias
La residencia por inversión presenta ventajas competitivas respecto a otras vías de regularización migratoria que el extranjero debe evaluar al momento de planificar su proyecto en México.
| Criterio | Residencia por inversión | Residencia por empleo | Residencia por solvencia económica |
|---|---|---|---|
| Independencia laboral | Total | Vinculada al empleador | Total |
| Posibilidad de crear empresa | Sí | Limitada | Sí (sin actividad remunerada directa) |
| Generar empleo | Sí | No directamente | No directamente |
| Acceso a créditos bancarios | Mayor facilidad | Moderada | Limitada |
| Deducción fiscal | Amplia (gastos empresariales) | Limitada (asalariado) | Mínima |
| Flexibilidad de actividades | Amplia | Restringida al puesto | Sin actividad remunerada formal |
| Ruta a residencia permanente | 4 años | 4 años | 4 años |
| Dependientes económicos | Pueden solicitar residencia | Pueden solicitar residencia | Pueden solicitar residencia |
Una ventaja particular de la visa por inversión es la posibilidad de solicitar la residencia para dependientes económicos (cónyuge, hijos menores de edad e hijos mayores dependientes) bajo el supuesto de unidad familiar. Esto permite que toda la familia del inversionista se regularice migratorios sin necesidad de que cada miembro acredite individualmente los requisitos económicos. Para más información sobre este proceso, consulte nuestro artículo sobre reunificación familiar en México.
Otra ventaja relevante es que la inversión constituye un activo tangible que puede generar rendimientos, a diferencia de los requisitos de solvencia económica que simplemente exigen demostrar ingresos o ahorros sin que estos se destinen a una actividad productiva en el país.
Errores comunes y recomendaciones para inversionistas extranjeros
La experiencia en la asesoría a inversionistas extranjeros permite identificar errores recurrentes que pueden retrasar o comprometer la obtención de la residencia. Conocerlos de antemano facilita un proceso más eficiente.
Error 1: Invertir antes de planificar la estrategia migratoria. Muchos extranjeros adquieren propiedades o constituyen empresas en México sin considerar los requisitos migratorios específicos. Esto puede resultar en inversiones que no cumplen con los montos mínimos o que se documentan de forma inadecuada para fines migratorios.
Error 2: No documentar el origen lícito de los fondos. Las autoridades mexicanas son estrictas en materia de prevención de lavado de dinero. La falta de documentación sobre la procedencia de los recursos puede generar requerimientos adicionales y retrasos significativos.
Error 3: Desconocer las restricciones de la zona restringida. Intentar adquirir propiedad directa en la franja costera o fronteriza sin constituir fideicomiso resulta en la nulidad de la operación y puede generar problemas legales graves.
Error 4: No renovar a tiempo la residencia temporal. El vencimiento de la tarjeta de residente sin renovación oportuna coloca al extranjero en situación migratoria irregular, lo que puede derivar en multas, restricciones de salida o incluso procedimientos de deportación.
Error 5: Constituir empresas sin actividad real. El INM puede verificar que la empresa del inversionista realice actividades productivas efectivas. Las sociedades constituidas únicamente como vehículo para la obtención de residencia, sin actividad económica real, pueden ser cuestionadas al momento de la renovación.
Recomendaciones principales:
- Consulte con un especialista en derecho migratorio antes de realizar cualquier inversión con fines migratorios
- Documente minuciosamente todas las transferencias de fondos desde el exterior
- Mantenga la contabilidad de su empresa al día y cumpla con sus obligaciones fiscales
- Inicie el proceso de renovación al menos 30 días antes del vencimiento de su tarjeta
- Conserve copia de todos los documentos presentados ante el INM y el consulado
- Considere obtener la visa de trabajo si su inversión implica también actividad laboral directa
Preguntas frecuentes
¿Puedo invertir en cualquier sector económico para obtener la visa de inversionista?
La mayoría de los sectores económicos están abiertos a la inversión extranjera al 100%. Sin embargo, existen actividades reservadas al Estado mexicano (petróleo, electricidad básica, correos, entre otras) y actividades que requieren autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras cuando la participación extranjera excede ciertos porcentajes. Se recomienda verificar las restricciones sectoriales antes de invertir, especialmente en telecomunicaciones, transporte, medios de comunicación y servicios profesionales.
¿La compra de una propiedad me garantiza automáticamente la residencia en México?
No. La adquisición de un inmueble es uno de los elementos que sustenta la solicitud, pero la residencia no se otorga automáticamente. El solicitante debe cumplir con todos los requisitos documentales, presentar su solicitud ante el consulado o el INM y obtener una resolución favorable. Además, el valor del inmueble debe superar el monto mínimo establecido en el Reglamento de la Ley de Migración, que para 2026 es de aproximadamente 40,000 días de UMA.
¿Puedo trabajar en México con la residencia temporal por inversión?
Sí, la residencia temporal por inversión autoriza al titular a realizar actividades remuneradas vinculadas a su inversión. Esto incluye administrar su empresa, supervisar sus propiedades o realizar actividades empresariales. Si desea trabajar como empleado en una empresa diferente a la suya, necesitará una autorización adicional del INM. Para más información sobre las opciones laborales, consulte nuestra guía sobre visa de trabajo en México.
¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso desde la inversión hasta obtener la tarjeta de residente?
El proceso completo suele tomar entre 2 y 4 meses, dependiendo de la complejidad de la inversión, la disponibilidad de citas consulares y la carga de trabajo del INM. La constitución de una empresa puede agregar 3 a 8 semanas adicionales. Se recomienda iniciar la preparación documental con al menos 3 meses de anticipación respecto a la fecha deseada de inicio de residencia en México.
¿Mis familiares pueden obtener residencia a través de mi visa de inversionista?
Sí, el artículo 55 de la Ley de Migración establece el derecho a la unidad familiar. Una vez que el inversionista obtiene su residencia temporal, puede solicitar la misma condición para su cónyuge, concubino/a, hijos menores de edad e hijos mayores que sean dependientes económicos. Los familiares no necesitan acreditar individualmente los requisitos de inversión, pero sí deben presentar documentación que acredite el vínculo familiar.
¿Qué sucede con mi residencia si la inversión fracasa o vendo la propiedad?
Si la inversión que dio origen a la residencia temporal deja de existir, el titular puede enfrentar dificultades al momento de la renovación. Sin embargo, si durante el periodo de residencia el extranjero acredita otra vía de solvencia económica (ingresos regulares, nueva inversión u oferta de empleo), puede solicitar el cambio de fundamento para su renovación. Es fundamental no dejar vencer la tarjeta de residente sin gestionar la renovación o el cambio de condición, ya que esto generaría una situación migratoria irregular con posibles sanciones conforme al artículo 145 de la Ley de Migración.
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